Introducción La Directiva (UE) 2016/1148 sobre la seguridad de las redes y sistemas de información de toda la Unión1 (en lo sucesivo denominada la «Directiva SRI» o la «Directiva») adoptada el 6 de julio de 2016 es la primera legislación horizontal de la UE que aborda los desafíos de la seguridad y un verdadero factor de cambio para la resiliencia y la cooperación en materia de ciberseguridad en Europa. La Directiva tiene tres objetivos principales:    mejorar las capacidades de ciberseguridad nacionales; aumentar la cooperación a nivel de la UE; y fomentar una cultura de gestión de riesgos y notificación de incidentes entre los agentes económicos clave, en particular los operadores que prestan servicios esenciales para el mantenimiento de actividades económicas y de la sociedad y los proveedores de servicios digitales. La Directiva SRI es una piedra angular en la respuesta de la UE a las crecientes amenazas y desafíos cibernéticos que acompañan la digitalización de nuestras existencias, tanto de la economía como de la vida social, y su aplicación es por ello una parte esencial del paquete de ciberseguridad presentado el 13 de septiembre de 2017. La efectividad de la respuesta de la UE queda inhibida hasta que la Directiva SRI no haya sido transpuesta en su integridad en todos los Estados miembros de la UE. Esto también ha sido reconocido como un punto crítico en la Comunicación de 2016 «Reforzar el sistema de ciberresiliencia de Europa y promover una industria de la ciberseguridad competitiva e innovadora»2. La novedad de la Directiva SRI y la urgencia de atajar un panorama de ciberamenazas en rápida evolución justifica que se preste especial atención a los problemas que afectan a todos los actores para garantizar que la transposición de la Directiva se realiza a tiempo y correctamente. A la vista de la fecha límite de la transposición el 9 de mayo de 2018 y del plazo para la identificación de los operadores de servicios esenciales el 9 de noviembre de 2018, la Comisión ha estado apoyando el proceso de transposición de los Estados miembros y su labor en el Grupo de cooperación para dicho fin. La presente Comunicación con su anexo se basa en el trabajo preliminar y los análisis realizados por la Comisión hasta la fecha en relación con la aplicación de la Directiva SRI, en la aportación de la Europea de Seguridad de las Redes y de la Información (ENISA) y en los debates celebrados con los Estados miembros en la fase de transposición de la Directiva, en particular en el seno del Grupo de cooperación3. La presente Comunicación es el complemento de los grandes esfuerzos realizados hasta la fecha, en particular mediante: 1 Directiva (UE) 2016/1148 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2016, relativa a las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de seguridad de las redes y sistemas de información en la Unión. La Directiva entró en vigor el 8 de agosto de 2016. 2 COM(2016) 410 final. 3 Un mecanismo de cooperación estratégica entre Estados miembros en virtud de la Directiva SRI, artículo 11. 2

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