BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264
Miércoles 4 de noviembre de 2015
Sec. I. Pág. 104261
«5.4.3 Protección de la autenticidad y de la integridad [mp.com.3].
dimensiones
nivel
IA
bajo
medio
alto
aplica
+
++
Nivel BAJO
a) Se asegurará la autenticidad del otro extremo de un canal de comunicación
antes de intercambiar información (ver [op.acc.5]).
b) Se prevendrán ataques activos, garantizando que al menos serán
detectados. y se activarán los procedimientos previstos de tratamiento del incidente
Se considerarán ataques activos:
1.
2.
3.
La alteración de la información en tránsito.
La inyección de información espuria.
El secuestro de la sesión por una tercera parte.
c) Se aceptará cualquier mecanismo de autenticación de los previstos en
normativa de aplicación.
Nivel MEDIO
a) Se emplearán redes privadas virtuales cuando la comunicación discurra por
redes fuera del propio dominio de seguridad.
b) Se emplearán algoritmos acreditados por el Centro Criptológico Nacional.
c) Se aceptará cualquier mecanismo de autenticación de los previstos en la
normativa de aplicación. En caso de uso de claves concertadas se aplicarán
exigencias medias en cuanto a su calidad frente a ataques de adivinación,
diccionario o fuerza bruta.
Nivel ALTO
a) Se valorará positivamente el empleo de dispositivos hardware en el
establecimiento y utilización de la red privada virtual.
b) Se emplearán productos certificados conforme a lo establecido en [op.pl.5].
c) Se aceptará cualquier mecanismo de autenticación de los previstos en
normativa de aplicación. En caso de uso de claves concertadas se aplicarán
exigencias altas en cuanto a su calidad frente a ataques de adivinación, diccionario
o fuerza bruta.»
«5.5.2 Criptografía [mp.si.2].
nivel
IC
bajo
medio
alto
no aplica
aplica
+
Esta medida se aplica, en particular, a todos los dispositivos removibles. Se
entenderán por dispositivos removibles, los CD, DVD, discos USB, u otros de
naturaleza análoga.
cve: BOE-A-2015-11881
Verificable en http://www.boe.es
dimensiones