el punto de vista tecnológico, de los Programas y Proyectos
Prioritarios del Bienestar.
5.
Marco jurídico de la EDN
La EDN tiene su fundamento en el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se alinea a lo
dispuesto por la Ley Federal de Austeridad Republicana, y es congruente con la normativa en materia de adquisiciones,
transparencia, ciencia y tecnología, telecomunicaciones y radiodifusión.
Este documento se apega a lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024; y programas que de él derivan, como
el Programa Nacional de Combate a la Corrupción y a la Impunidad, y de Mejora de la Gestión Pública 2019-2024, elementos que
hacen de la EDN un instrumento angular para la orientación de la política en materia de tecnologías de la información,
comunicación y de gobierno digital de la Cuarta Transformación.
Ley Federal de
Telecomunicaciones y
Radiodifusión
Plan Nacional de
Desarrollo 2019-2024
Ley de Ciencia y Tecnología
Constitución Política de
los Estados Unidos
Mexicanos
Ley Orgánica de la
Administración Pública
Federal
Reglamento de la
Oficina de la
Presidencia de la
República
Ley Federal de Austeridad
Republicana
Programa Nacional de
Combate a la
Corrupción y a la
Impunidad, y de
Mejora de la Gestión
Pública 2019-2024
Lineamientos en
materia de Austeridad
Republicana de la APF
Figura 4. Marco jurídico de la EDN
_________________________________
1
Califica a un servicio o sistema que requiere canales de transmisión capaces de soportar velocidades superiores a la velocidad primaria
(Unión Internacional de Telecomunicaciones).
2
El programa informático cuyo código fuente cumple con cuatro libertades y por ende se encuentra disponible para ser ejecutado,
estudiado, modificado o distribuido libremente, independientemente de su costo o gratuidad.
3
Medio físico para la transmisión de datos mediante señales de luz a través del cual es posible enviar y recibir información a importantes
velocidades.
4
Parte de la red global de telecomunicaciones situada entre un centro de telecomunicaciones y el edificio de la instalación del usuario.
5
Red pública de telecomunicaciones destinada exclusivamente a comercializar capacidad, infraestructura o servicios
telecomunicaciones al mayoreo a otros concesionarios o comercializadores.
de