indebido de la Firma Electrónica certificada mediante el correspondiente Certificado
Electrónico.
Suspensión temporal voluntaria
Artículo 41.- El Signatario podrá solicitar la suspensión temporal del Certificado
Electrónico, en cuyo caso su Proveedor deberá proceder a suspender el mismo durante
el tiempo solicitado por el Signatario.
Suspensión o revocatoria forzosa
Artículo 42.- En los contratos que celebren los Proveedores de Servicios de
Certificación con sus usuarios, se deberán establecer como causales de suspensión o
revocatoria del Certificado Electrónico de la Firma Electrónica, las siguientes:
1. Sea solicitado por una autoridad competente de conformidad con la ley.
2. Se compruebe que alguno de los datos del Certificado Electrónico proporcionado
por el Proveedor de Servicios de Certificación es falso.
3. Se compruebe el incumplimiento de una obligación principal derivada del contrato
celebrado entre el Proveedor de Servicios de Certificación y el Signatario.
4. Se produzca una Quiebra Técnica del sistema de seguridad del Proveedor de
Servicios de Certificación que afecte la integridad y confiabilidad del certificado
contentivo de la Firma Electrónica.
Así mismo, se preverá en los referidos contratos que los Proveedores de Servicios de
Certificación podrán dejar sin efecto la suspensión temporal del Certificado Electrónico
de una Firma Electrónica al verificar que han cesado las causas que originaron dicha
suspensión, en cuyo caso el Proveedor de Servicios de Certificación correspondiente
estará en la obligación de habilitar de inmediato el Certificado Electrónico de que se
trate.
La vigencia del Certificado Electrónico cesará cuando se produzca la extinción o
incapacidad absoluta del Signatario
Contenido de los Certificados Electrónicos
Artículo 43.- Los Certificados Electrónicos deberán contener la siguiente información:
1. Identificación del Proveedor de Servicios de Certificación que proporciona el
Certificado Electrónico, indicando su domicilio y dirección electrónica.
2. El código de identificación asignado al Proveedor de Servicios de Certificación por la
Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica.
3. Identificación del titular del Certificado Electrónico, indicando su domicilio y
dirección electrónica.
4. Las fechas de inicio y vencimiento del periodo de vigencia del Certificado
Electrónico.
18