A/65/201 Organización de Cooperación de Shangai, la Organización de los Estados Americanos, el Foro de Cooperación Económica de Asia y el Pacífico, el Foro Regional de la Asociación de Naciones de Asia Sudoriental (ASEAN), la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental, la Unión Africana, la Unión Europea, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa y el Consejo de Europa, así como en el contexto de iniciativas bilaterales entre Estados. 14. También debería prestarse suficiente atención a esferas no delictivas de preocupación transnacional. Cabe mencionar, entre ellas, el riesgo de percepciones erróneas resultantes de la falta de conocimientos compartidos en cuanto a las normas internacionales que rigen el uso por los Estados de las tecnologías de la información y las comunicaciones, lo cual podría afectar la gestión de las crisis en caso de incidentes graves. Esto constituye un buen argumento para la elaboración de medidas concebidas para estrechar la cooperación en lo posible. Dichas medidas podrían diseñarse también para compartir las mejores prácticas, gestionar los incidentes, fomentar la confianza, reducir los riesgos y aumentar la transparencia y la estabilidad. 15. A medida que las actividades desestabilizadoras que utilizan tecnologías de la información y las comunicaciones se vayan haciendo más complejas y peligrosas, es evidente que ningún Estado podrá hacer frente solo a estas amenazas. No se podrá hacer frente a los retos del siglo XXI sin una cooperación productiva entre asociados con convicciones similares. La colaboración entre los Estados, y entre los Estados con el sector privado y la sociedad civil, es importante y las medidas encaminadas a mejorar la seguridad de la información exigen una amplia cooperación internacional si han de resultar eficaces. Por consiguiente, la comunidad internacional debería considerar la necesidad de establecer iniciativas y mecanismos cooperativos. 16. En los acuerdos existentes figuran normas pertinentes para el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones por los Estados. Dadas las características de las tecnologías de la información y las comunicaciones, únicas en su género, podrían elaborarse normas adicionales con el transcurso del tiempo. 17. La creación de capacidad es de vital importancia para lograr el éxito en la tarea de garantizar la seguridad mundial de las tecnologías de la información y las comunicaciones, asistir a los países en desarrollo en sus esfuerzos por acrecentar la seguridad de su infraestructura nacional de información, de importancia crítica, y remediar la disparidad actual en la seguridad de las tecnologías de la información y las comunicaciones. Hará falta una estrecha cooperación internacional para crear capacidad en los Estados que puedan necesitar asistencia para abordar el problema de la seguridad de sus tecnologías de la información y las comunicaciones. IV. Recomendaciones 18. Teniendo en cuenta las amenazas reales y potenciales, los riesgos y puntos vulnerables en la esfera de la seguridad de la información, el Grupo de Expertos Gubernamentales considera de utilidad recomendar que se adopten nuevas medidas para el fomento de la confianza y para reducir el riesgo de las percepciones erróneas resultantes de las perturbaciones de las tecnologías de la información y las comunicaciones por ejemplo: 8 10-46960

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