incidido significativamente en los cambios socio económicos a nivel global, modificando radicalmente las formas en que las personas se educan, producen, trabajan, consumen; así como la forma de interactuar con el gobierno; II) que particularmente en este año de emergencia sanitaria global, estos cambios se están produciendo en todos los países y en todas las áreas de actividad, de una forma acelerada, generando impactos inéditos sobre las formas de vida que representan grandes desafíos para los Estados; III) que la propuesta de Agenda Uruguay Digital 2025, presentada por AGESIC y aprobada por su Consejo Directivo Honorario, bajo la consigna "Sociedad Digital Resiliente", procura reforzar el compromiso con el desarrollo sostenible y con el impulso de una Sociedad Digital que promueva la inclusión de las tecnologías digitales en todos los sectores de la política pública, orientada a todos los actores de la comunidad, con el fin de que las personas puedan aprovechar al máximo los beneficios de la sociedad de la información y del conocimiento, eliminando barreras y obteniendo el acceso en igualdad de oportunidades; ATENTO: a lo precedentemente expuesto; EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA actuando en Consejo de Ministros DECRETA: Artículo 1 Apruébase la "Agenda Uruguay Digital 2025" que se agrega como anexo se considera parte integrante de este Decreto. y (*)Notas: Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 134/021 de 04/05/2021. Ver en esta norma, artículo: 2. Artículo 2 Encomiéndase a los responsables de los compromisos a avanzar en el cumplimiento de las metas aprobadas en las condiciones establecidas en la Agenda individualizada en el artículo 1°. Artículo 3 Encomiéndase a la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) el monitoreo, evaluación de avances y resultados, así como la revisión de medio término de la referida Agenda. En ejercicio de la facultad otorgada por el

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