incidido significativamente en los cambios socio económicos a nivel global,
modificando radicalmente las formas en que las personas se educan, producen,
trabajan, consumen; así como la forma de interactuar con el gobierno;
II) que particularmente en este año de emergencia sanitaria global, estos
cambios se están produciendo en todos los países y en todas las áreas de
actividad, de una forma acelerada, generando impactos inéditos sobre las
formas de vida que representan grandes desafíos para los Estados;
III) que la propuesta de Agenda Uruguay Digital 2025, presentada por
AGESIC y aprobada por su Consejo Directivo Honorario, bajo la consigna
"Sociedad Digital Resiliente", procura reforzar el compromiso con el
desarrollo sostenible y con el impulso de una Sociedad Digital que promueva
la inclusión de las tecnologías digitales en todos los sectores de la
política pública, orientada a todos los actores de la comunidad, con el fin
de que las personas puedan aprovechar al máximo los beneficios de la sociedad
de la información y del conocimiento, eliminando barreras y obteniendo el
acceso en igualdad de oportunidades;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase la "Agenda Uruguay Digital 2025" que se agrega como anexo
se considera parte integrante de este Decreto.
y
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 134/021 de
04/05/2021.
Ver en esta norma, artículo: 2.
Artículo 2
Encomiéndase a los responsables de los compromisos a avanzar en el
cumplimiento de las metas aprobadas en las condiciones establecidas en la
Agenda individualizada en el artículo 1°.
Artículo 3
Encomiéndase a la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión
Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) el
monitoreo, evaluación de avances y resultados, así como la revisión de medio
término de la referida Agenda. En ejercicio de la facultad otorgada por el