1º El tribunal podrá ordenar una o varias medidas conjuntas. Serán varias medidas si se
dieran los presupuestos para ello; y una sola, si ella bastare para lograr la finalidad
deseada, en cuyo caso se elegirá la menos gravosa para el autor.
2º Las medidas de internación en un hospital siquiátrico o establecimiento de
desintoxicación podrán ser ordenadas, aun cuando sea imposible llevar adelante el
proceso penal.
Artículo 85.- Ejecución de las medidas
Las medidas serán ejecutadas dentro de los límites legales y sólo por el tiempo que su
finalidad requiera.
TITULO IV
COMISO Y PRIVACION DE BENEFICIOS
CAPITULO I
COMISO
Artículo 86.- Comiso
1º Cuando se haya realizado un hecho antijurídico doloso, podrán ser decomisados los
objetos producidos y los objetos con los cuales éste se realizó o preparó. El comiso se
ordenará sólo cuando los objetos, atendidas su naturaleza y las circunstancias, sean
peligrosos para la comunidad o exista el peligro de su uso para la realización de otros
hechos antijurídicos.
2º El comiso será sustituido por la inutilización, si ello fuera suficiente para proteger la
comunidad.
Artículo 87.- Comiso e inutilización de publicaciones
1º Las publicaciones serán decomisadas cuando por lo menos un ejemplar de las mismas
haya sido medio u objeto de la realización de un hecho antijurídico. Conjuntamente se
ordenará la inutilización de placas, formas, clisés, negativos, matrices u otros objetos
semejantes ya utilizados o destinados para la producción de la publicación.
2º El comiso abarcará todos los ejemplares que se encuentren en posesión de un
participante de la producción o difusión o que estén expuestos al público.
3º Se aplicará, en lo pertinente, lo dispuesto en el artículo 88, inciso 1º, cuando solo una
parte de la publicación fundamentare el comiso y fuera separable. En estos casos la
orden se limitará a ella.
Artículo 88.- Efectos del comiso
1º La propiedad de la cosa decomisada pasará el Estado en el momento en que la
sentencia quede firme. Asimismo, quedarán extinguidos los derechos de terceros sobre la
cosa.