Diario Oficial. Dada en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil doce. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional. Por tanto. Téngase como Ley de la República. Publíquese y Ejecútese. Managua, veintisiete de Marzo del año dos mil once. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA. - Asamblea Nacional de la República de Nicaragua. Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez. Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino Edificio Benjamin Zeledón, 7mo. Piso. Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281. Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa Nota: Cualquier Diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.

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