Derechos para el Desarrollo Digital: Las tecnologías al servicio de un país más democrático, participativo y que garantice los derechos de las personas. Situación actual Desde hace 20 años, el Estado ha sido consciente de la necesidad de adecuar nuestra legislación al impacto social y económico de las tecnologías. En ese marco, se dictó la ley 19.223 de delitos informáticos de 1994; la ley 19.628, de protección de datos personales en 1999, y la ley de firma y documentos electrónicos de 2002, lo cual nos ha situado a la cabeza de la región. Más recientemente, Chile fue el primer país en impulsar y aprobar una ley de neutralidad en la red, convirtiéndose así en referente y modelo para otros países que adoptaron lo que hoy es prácticamente el estándar mundial. Sin embargo, el desarrollo del marco normativo nacional en materia digital ha avanzado de manera desigual en relación al desarrollo de nuevas tecnologías, lo que ha impactado significativamente en los derechos fundamentales de las personas. Si queremos avanzar en el desarrollo digital de Chile y dar cumplimiento a los desafíos y metas que nos proponemos es necesario dar un nuevo impulso normativo que permita corregir aquellas normas que con los avances tecnológicos han quedado obsoletas o detienen la innovación, emprendimiento y crecimiento de los mercados y así generar las condiciones regulatorias que faciliten el desarrollo sostenible de la economía y la plena inclusión social a la sociedad del conocimiento. La Agenda Digital 2020 contempla en algunos casos mesas de trabajo para consensuar los cursos de acción y en otros avanzar en el impulso de proyectos de ley que se consideran claves para asegurar el desarrollo digital de Chile con un pleno respeto por los derechos de las personas. Se trata de una tarea multisectorial de coordinación, articulación e identificación de brechas normativas para luego proponer las modificaciones legales y/o reglamentarias que sean necesarias. Situamos este desafío en el primer acápite de esta agenda porque consideramos que es una meta transversal que permitirá el cumplimiento de las demás que se contemplan. 12

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