Argentina.gob.ar COMITÉ DE CIBERSEGURIDAD Decreto 577/2017 Creación. Ciudad de Buenos Aires, 28/07/2017 VISTO el Expediente N° EX-2016-03357364-APN-DDYMDE#MM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, los Decretos N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y sus modificatorios y N° 898 de fecha 27 de julio de 2016, y CONSIDERANDO: Que por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, entre ellas el Decreto Nº 13/15 y sus modificatorias, se estableció, a través del artículo 23 octies, entre las competencias del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN las de: i) entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia, ii) intervenir en la definición de estrategias y estándares sobre tecnologías de información, comunicaciones asociadas y otros sistemas electrónicos de tratamiento de información de la Administración Nacional y iii) diseñar, coordinar e implementar la incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura informática y sistemas y tecnologías de gestión de la Administración Pública Nacional. Que, asimismo, el Decreto N° 13/15, en su artículo 19, determina que compete al MINISTERIO DE DEFENSA, entre otras, entender en: i) la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia, y ii) los estudios y trabajos técnicos y en la formulación y ejecución de las políticas nacionales en lo que hace específicamente a la defensa nacional. Que, en igual sentido, el Decreto N° 13/15 en su artículo 22 bis determina que le compete al MINISTERIO DE SEGURIDAD, entre otras, entender en: i) la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia, ii) la determinación de la política criminal y en la elaboración de planes y programas para su aplicación, así como para la prevención del delito, y iii) la coordinación de las acciones tendientes a solucionar situaciones extraordinarias o emergencias que se produzcan en el territorio de la Nación. Que mediante el dictado del Decreto N° 898 de fecha 27 de julio de 2016, se establecen como objetivos correspondientes a la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍA Y CIBERSEGURIDAD dependiente del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, entre otros: (i) la elaboración de la estrategia nacional de infraestructura tecnológica, la protección de infraestructuras críticas de información y Ciberseguridad, en ámbito del Sector Público Nacional; (ii) dictado de normas, políticas, estándares y procedimientos de tecnología y seguridad informática en el ámbito de su competencia; y (iii) asistir al Ministro en la formulación de un marco regulatorio específico que propicie la identificación y protección de las infraestructuras críticas del sector público nacional, y a las organizaciones civiles, del sector privado y del ámbito académico que así lo requieran, fomentando la cooperación y colaboración de los mencionados sectores. Que, al considerar la Ciberseguridad a nivel nacional, surge la necesidad de hacer referencia a distintos aspectos, entre los cuales se encuentran: capacidad para responder a incidentes de seguridad de gran escala, legislación en la materia, la protección de infraestructuras críticas,

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