información para cada perfil de trabajo.
• incluir los aspectos de seguridad en las etapas de inducción de los agentes, y evaluarlos durante toda la
relación laboral.
• requerir a los agentes y funcionarios, cuando el organismo lo considere necesario, de acuerdo a sus
competencias, la firma de un acuerdo de confidencialidad.
• incorporar dentro de los procesos disciplinarios cualquier violación a las políticas de seguridad del
organismo.
4. Gestión de Activos
Los activos de información del organismo deben ser gestionados y protegidos en forma efectiva. En el mismo
sentido, deben ser clasificados según su criticidad para el organismo desde la perspectiva de su confidencialidad,
integridad y disponibilidad, teniendo en cuenta sus funciones, la normativa que les sea aplicable y cualquier otro
activo que pudieran contener de otros organismos públicos o entidades privadas, lo que permitirá adoptar las
medidas de protección adecuadas.
Para ello se requiere:
• clasificar los activos de información, en línea con el tipo y la importancia de la información que gestionan
para el organismo.
• llevar un inventario actualizado en el que se detallen los datos necesarios para conocer la ubicación, el
propietario y las responsabilidades correspondientes de cada activo.
• exigir a todos los agentes y empleados la devolución de los activos de información en su poder al finalizar
la relación laboral o cuando un cambio en las funciones lo requiera.
• efectuar una destrucción segura de cualquier medio que pueda contener información o datos personales, en
función de su nivel de criticidad, sobre la base de un procedimiento documentado, una vez que se haya
catalogado como defectuoso o rezago.
5. Autenticación, Autorización y Control de Accesos
El acceso a los activos de información del organismo debe realizarse a partir de procesos y mecanismos de
seguridad definidos e implementados según su nivel de criticidad, con el fin de proveer un nivel apropiado de
protección. Los privilegios de acceso deben ser otorgados en forma expresa y formalmente autorizada a quienes
los requieran para sus funciones.
En consiguiente se debe:
• utilizar en todos los casos el principio de “necesidad de saber”, es decir que solo se otorguen privilegios de
acceso en la medida en que sean requeridos para las actividades y tareas que cada empleado o funcionario
debe llevar adelante.
• hacer una adecuada y oportuna gestión de las altas y bajas de cuentas de usuario y privilegios, coordinando
con las áreas de Recursos Humanos y aquellas en las que el empleado se desempeña toda novedad que
pudiera impactar en ellos.
• realizar un seguimiento detallado sobre las cuentas con privilegios especiales.
• revisar periódicamente todos los permisos de acceso a los sistemas y a la infraestructura de procesamiento.
• requerir a los agentes, funcionarios y demás usuarios un uso responsable de sus dispositivos y datos de
autenticación, dejando sentado que se encuentra estrictamente prohibido compartirlos y que deben ser
mantenidos seguros en forma permanente.