1. La incautación y depósito de sistemas informáticos o dispositivos de almacenamiento de datos.
2. El sellado, precinto y prohibición de uso de sistemas informáticos o dispositivos de
almacenamiento de datos.
3. El requerimiento de preservación inmediata de datos que se hallen en poder de terceros.
4. La copia de datos.
Artículo 39 Solicitud de autorización judicial
En la etapa de investigación para la obtención y conservación de la información contenida en los
sistemas informáticos o cualquiera de sus componentes, se requerirá autorización judicial por
cualquier Juez de Distrito de lo Penal, a petición debidamente fundamentada por la Policía
Nacional o el Ministerio Público. Una vez iniciado el proceso, cualquiera de las partes podrá
solicitar la autorización al Juez de la causa.
Para tal efecto, el Juez podrá:
1. Ordenar a una persona natural o jurídica la entrega inmediata de la información que se
encuentre en un sistema de información o en cualquiera de sus componentes;
2. Ordenar a una persona natural o jurídica preservar y mantener la integridad de un sistema de
información o de cualquiera de sus componentes, conservar los datos de tráfico, conexión, acceso
o cualquier otra información que se encuentre en su poder o bajo su control y que pueda ser de
utilidad a la investigación, por un período de hasta noventa (90) días, pudiendo esta orden ser
renovada una sola vez por el mismo plazo;
3. Ordenar el acceso a dicho sistema de información o a cualquiera de sus componentes;
4. Ordenar a un proveedor de servicios suministrar información de los datos relativos a un usuario
que pueda tener en su posesión o control;
5. Tomar en secuestro o asegurar un sistema de información o cualquiera de sus componentes, en
todo o en parte;
6. Realizar y retener copia del contenido del sistema de información o de cualquiera de sus
componentes;
7. Ordenar el mantenimiento de la integridad del contenido de un sistema de información o de
cualquiera de sus componentes;
8. Hacer inaccesible o remover el contenido de un sistema de información o de cualquiera de sus
componentes, que haya sido accedido para la investigación;
9. Ordenar a la persona que tenga conocimiento acerca del funcionamiento de un sistema de
información o de cualquiera de sus componentes o de las medidas de protección de los datos en
dicho sistema, a proveer la información necesaria para realizar las investigaciones
correspondientes;
10. Ordenar la extracción, recolección o grabación de los datos de un sistema de información o de
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