Poder Judicial de Honduras Artículo 191.- Los delitos contra la salud pública que se cometieren en forma culposa, se sancionarán con la pena correspondiente, disminuida en dos (2/3) tercios. TÍTULO V-A DELITOS CONTRA EL MEDIO AMBIENTE Artículo 191.- A.- Derogado [84] Artículo 191.-B.- Derogado [85] [84] Artículo 191-A. Derogado por el Decreto 59-97 de fecha 8 de Mayo de 1997, publicado en el Diario Oficial la Gaceta Nº 28, 281 de fecha 10 Junio de 1997 y vigente a partir de dicha publicación. [85] Artículo 191-B,.Derogado por el Decreto 59-97 de fecha 8 de Mayo de 1997, publicado en el Diario Oficial la Gaceta Nº 28, 281 de fecha 10 Junio de 1997 y vigente a partir de dicha publicación. Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial

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