CAPÍTULO I EL ESTADO Y LA DEFENSA NACIONAL EL ESTADO Y LA DEFENSA NACIONAL Los principios del orden institucional republicano y democrático de Chile y los objetivos que se fije la Nación desempeñan un papel crucial dentro de los elementos en que se basa la Defensa Nacional. Sobre ellos se orienta la acción del Estado en pos de la seguridad exterior del país, un ámbito en el que la confluencia y la colaboración entre la Política de Defensa y la Política Exterior resultan imprescindibles, actuando la primera en respaldo de la segunda. Este capítulo describe el orden institucional, las bases constitucionales de la Defensa y los aspectos conceptuales de los vínculos entre el Estado, la sociedad y la persona humana. 1.1 Orden institucional: Democracia y Estado de Derecho Chile es una república democrática donde impera el Estado de Derecho y la vigencia de los principios de supremacía constitucional, de legalidad, de tutela judicial y de control de los actos de la administración del Estado. En este contexto, el Estado asegura el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional y el ejercicio pleno de las libertades individuales y derechos esenciales de la persona humana. Conforme a la Constitución Política de la República, la soberanía reside esencialmente en la Nación y su ejercicio se realiza por el pueblo, ya sea de manera directa (elecciones y plebiscitos) o por intermedio de las autoridades que lo representan, reconociendo como límite de sus actos los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. El Estado de Chile es unitario y se organiza administrativamente en regiones, provincias y comunas. En sus relaciones exteriores, se conduce basado en los principios y normas del derecho internacional, a los cuales ha adherido soberana y voluntariamente. Ejerce su soberanía en los espacios aéreos y marítimos que le pertenecen y extiende su jurisdicción sobre aquellos en los que tiene derechos soberanos y jurisdicción de acuerdo al derecho internacional. A la vez, tiene responsabilidades y derechos en el espacio ultraterrestre, fundados en tratados internacionales, y reconoce el principio de no reivindicación soberana y el principio de bien común de la humanidad que se aplican a dicho espacio. En relación con su territorio antártico, Chile tiene derechos soberanos fundados sobre bases históricas, geográficas y jurídicas, los que ejerce en forma compatible con su calidad de miembro del Tratado Antártico de 1959 y demás instrumentos del Sistema Antártico. 30 Libro de la Defensa Nacional de Chile 2017

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