PLAN NACIONAL DE CIBERSEGURIDAD diferentes incidentes que ocurren dentro del país. En esa línea de acción, el CERT-PY ha llevado adelante una importante campaña de sensibilización contra el grooming en Internet32. El grooming es una forma en que se manifiesta el acoso sexual en la Red hacia los menores, y se está haciendo cada vez más frecuente. Asimismo, el CERT-PY ha tomado medidas para desarrollar sus lazos cooperativos con otros CERTs de la región, lo que le ha permitido mantenerse informado permanentemente acerca de la evolución de las técnicas y amenazas cibernéticas. El CERT-PY también mantiene una estrecha relación con las instituciones responsables de la investigación y persecución de delitos informáticos en Paraguay, como el Ministerio Público y la Policía Nacional. En este punto, cabe hacer notar que para una efectiva respuesta ante incidentes cibernéticos y delitos informáticos o cometidos en el ámbito cibernético, se necesita fomentar la colaboración entre el sector privado, la sociedad civil y el sector público. En tal sentido, no existe una obligación legal para que las entidades del sector privado compartan información sobre incidentes cibernéticos con el CERT-PY, ni los vínculos y mecanismos necesarios para cooperación y colaboración. La investigación de delitos informáticos Por Resolución N˚3459 de la Fiscalía General del Estado, se creó la Unidad Especializada de Delitos Informáticos en 2010, para hacer frente a aquellos delitos que derivan del uso malintencionado de las tecnologías de información y comunicación. La iniciativa surge como respuesta a la necesidad de combatir de manera frontal y eficiente estos delitos. La Unidad tiene jurisdicción sobre hechos cometidos en todo el territorio nacional y es la principal autoridad a cargo de la investigación y preparación de la acción judicial en casos de delitos informáticos, tales como alteración de datos en computadora, sabotaje de computadoras, operaciones fraudulentas por computadoras, alteración de datos relevantes para la prueba, entre otros previstos en la ley. A la fecha, el Ministerio Público es la única autoridad gubernamental con atribución para solicitar información a los prestadores de servicio internacionales cuando dicha información sea necesaria para una investigación. No obstante, el Código Procesal Penal de Paraguay (Ley N°1286/98) establece que toda persona que tenga conocimiento de un hecho punible de acción penal pública, podrá denunciarlo ante el Ministerio Público o la Policía Nacional. Asimismo, dispone que tendrán obligación de denunciar, las personas que por disposición de la ley, de la autoridad, o por algún acto jurídico, tengan a su cargo el manejo, la administración, el cuidado o control de bienes o intereses de una institución, entidad o persona, respecto de los hechos punibles cometidos en perjuicio de éste o de la masa o patrimonio puesto bajo su cargo o control, siempre que conozcan del hecho por el ejercicio de sus funciones. Debido a la cantidad significativa de casos de pornografía infantil, la Unidad Especializada de Delitos Informáticos actúa conjuntamente en equipos investigativos conformados con la Unidad Especializada en la Lucha contra la Trata de Personas y la Explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes. Asimismo, la Unidad Especializada de Delitos Informáticos firmó un importante 32 Disponible en: http://www.conectateseguro.gov.py/index.php/noticias/grooming-en-internet. Recuperado el 24 de noviembre de 2015. 16

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