BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264
Miércoles 4 de noviembre de 2015
«5.3.3
Sec. I. Pág. 104260
Protección de portátiles [mp.eq.3].
dimensiones
Todas
categoría
básica
media
alta
aplica
=
+
Categoría BÁSICA
Los equipos que sean susceptibles de salir de las instalaciones de la
organización y no puedan beneficiarse de la protección física correspondiente, con
un riesgo manifiesto de pérdida o robo, serán protegidos adecuadamente.
Sin perjuicio de las medidas generales que les afecten, se adoptarán las
siguientes:
a) Se llevará un inventario de equipos portátiles junto con una identificación de
la persona responsable del mismo y un control regular de que está positivamente
bajo su control.
b) Se establecerá un canal de comunicación para informar, al servicio de
gestión de incidentes, de pérdidas o sustracciones.
c) Cuando un equipo portátil se conecte remotamente a través de redes que
no están bajo el estricto control de la organización, el ámbito de operación del
servidor limitará la información y los servicios accesibles a los mínimos
imprescindibles, requiriendo autorización previa de los responsables de la
información y los servicios afectados. Este punto es de aplicación a conexiones a
través de Internet y otras redes que no sean de confianza.
d) Se evitará, en la medida de lo posible, que el equipo contenga claves de
acceso remoto a la organización. Se considerarán claves de acceso remoto aquellas
que sean capaces de habilitar un acceso a otros equipos de la organización, u otras
de naturaleza análoga.
Categoría ALTA
a) Se dotará al dispositivo de detectores de violación que permitan saber el
equipo ha sido manipulado y activen los procedimientos previstos de gestión del
incidente.
b) La información de nivel alto almacenada en el disco se protegerá mediante
cifrado.»
«5.4.2 Protección de la confidencialidad [mp.com.2].
dimensiones
nivel
C
bajo
medio
alto
no aplica
aplica
+
a) Se emplearán redes privadas virtuales cuando la comunicación discurra por
redes fuera del propio dominio de seguridad.
b) Se emplearán algoritmos acreditados por el Centro Criptológico Nacional.
Nivel ALTO
a) Se emplearán, preferentemente, dispositivos hardware en el establecimiento
y utilización de la red privada virtual.
b) Se emplearán productos certificados conforme a lo establecido en [op.pl.5].»
cve: BOE-A-2015-11881
Verificable en http://www.boe.es
Nivel MEDIO