Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa
Consejo Ministerial
Hamburgo 2016
MC.DEC/5/16
9 December 2016
SPANISH
Original: ENGLISH
Segundo día de la Vigesimotercera Reunión
Diario CM(23) Nº 2, punto 7 del orden del día
DECISIÓN Nº 5/16
ESFUERZOS DE LA OSCE PARA REDUCIR LOS RIESGOS DE
CONFLICTO DIMANANTES DEL USO DE LAS TECNOLOGÍAS DE
LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
El Consejo Ministerial de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en
Europa,
Reafirmando que los esfuerzos de los Estados participantes de la OSCE para reducir
los riesgos de conflicto dimanantes del uso de las tecnologías de la información y las
comunicaciones serán conformes al derecho internacional, incluidos, entre otros documentos,
la Carta de las Naciones Unidas y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el
Acta Final de Helsinki; así como a sus responsabilidades de respetar los derechos humanos y
las libertades fundamentales,
Acogiendo con agrado la resolución A/RES/70/237 de la Asamblea General de las
Naciones Unidas, y recalcando la importancia de los esfuerzos realizados por la OSCE para
reducir los riesgos de conflicto dimanantes del uso de las tecnologías de la información y las
comunicaciones que figuran en los informes presentados en 2010, 2013 y 2015 por el Grupo
de expertos gubernamentales de las Naciones Unidas sobre los avances en la esfera de la
información y las telecomunicaciones en el contexto de la seguridad internacional,
Haciendo hincapié en la importancia de que las medidas de fomento de la confianza
de la OSCE para reducir los riesgos de conflicto dimanantes del uso de las tecnologías de la
información y las comunicaciones complementen los esfuerzos realizados en ese ámbito a
nivel mundial, regional y subregional,
Destacando la importancia de la comunicación entre autoridades a todos los niveles
para reducir los riesgos de conflicto dimanantes del uso de las tecnologías de la información
y las comunicaciones,
Recordando la Decisión Nº 1039 del Consejo Permanente, de 26 de abril de 2012, que
estableció el marco de la OSCE para la elaboración de MFC, con objeto de mejorar la
cooperación, la transparencia, la previsibilidad y la estabilidad interestatales, así como de
reducir los riesgos de percepción errónea, de escalada y de conflicto, que puedan derivarse