-135_________________________________________________________________________ ARTÍCULO 13. Se modifican los artículos 7 y 8 del decreto núm. 229-18, del 19 de junio de 2018, para sustituir “la Comisión Presidencial de la República Digital y la Comisión Técnica del Eje 4 sobre Gobierno Digital, de conformidad con el Decreto núm. 258-16, del 16 de septiembre de 2016, que crea el Programa República Digital” por “el Gabinete de Transformación Digital y su mesa de trabajo de Gobierno Digital”. ARTICULO 14. Se modifica el párrafo del artículo 1 del Decreto núm. 383-18, del 8 de octubre de 2018, para sustituir “programa República Digital” por el “Gabinete de Transformación Digital”. ARTICULO 15. Los órganos de la administración del Estado y sus funcionarios deberán prestar, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y atribuciones, la colaboración que el Gabinete requiera para el cumplimiento de su cometido. ARTÍCULO 16. Los planes, programas y proyectos deberán establecer prioridades, objetivos y metas consistentes y alineados a los instrumentos del Sistema Nacional de Planificación e Inversión Pública. El Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo proporcionará la asistencia técnica necesaria para garantizar dicha alineación. Las metas y planes de acción aprobados serán incorporados a las metas presidenciales correspondientes de las entidades responsables de su ejecución. ARTÍCULO 17. La Coordinación del Gabinete y la Secretaría Técnica recaerán en el Ministerio de la Presidencia hasta tanto sea establecido mediante ley el organismo sectorial responsable de definir la política del Estado en materia digital. ARTÍCULO 18. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021); año 177 de la Independencia y 158 de la Restauración. LUIS ABINADER Dec. No. 72-21 que eleva el monto de la pensión concedida por el Estado dominicano al señor Rubén de Lara Fernández. G. O. No. 11009 del 11 de febrero de 2021. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 72-21

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