Artículo 77. (SOFTWARE LIBRE).
I.
Los Órganos Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Electoral en todos sus niveles,
promoverán y priorizarán la utilización del software libre y estándares abiertos, en
el marco de la soberanía y seguridad nacional.
II.
El Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado, elaborará el plan de
implementación de software libre y estándares abiertos en coordinación con los
demás órganos del Estado y entidades de la administración pública.
CAPÍTULO TERCERO
DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES
Artículo 78. (VALIDEZ JURÍDICA). Tienen validez jurídica y probatoria:
1.
El acto o negocio jurídico realizado por persona natural o jurídica en
documento digital y aprobado por las partes a través de firma digital,
celebrado por medio electrónico u otro de mayor avance tecnológico.
2.
El mensaje electrónico de datos.
3.
La firma digital.
Artículo 79. (EXCLUSIONES). Se exceptúan los siguientes actos y hechos
jurídicos de su celebración por medios electrónicos:
1.
Los actos propios del derecho de familia.
2.
Los actos en que la Ley requiera la concurrencia personal física de alguna de
las partes.
3.
Los actos o negocios jurídicos señalados en la Ley que, para su validez o
producción de determinados efectos, requieran de documento físico o por
acuerdo expreso de partes.
Artículo
80.
(CERTIFICADOS
EMITIDOS POR ENTIDADES
EXTRANJERAS). Los certificados digitales emitidos por entidades certificadoras
extranjeras tienen la misma validez y eficacia jurídica reconocida en la presente Ley,
siempre y cuando tales certificados sean reconocidos por una entidad certificadora
autorizada nacional que garantice, en la misma forma que lo hace con sus propios
certificados, el cumplimiento de los requisitos, el procedimiento, así como la validez y
vigencia del certificado.
Artículo 81. (AUTORIDAD Y ATRIBUCIONES). La Autoridad de Regulación
y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes es la encargada de autorizar, regular,
fiscalizar, supervisar y controlar a las entidades certificadoras de acuerdo a lo establecido en
la presente Ley y su reglamentación.