A/68/98
El informe refleja la conclusión del Grupo de que el derecho internacional, y en
particular la Carta de las Naciones Unidas, son aplicables y esenciales para mantener
la paz y la estabilidad y para promover un entorno abierto, seguro, pacífico y
accesible para las tecnologías de la información y las comunicaciones. El Grupo
también concluyó que la soberanía del Estado y las normas y los principios
internacionales que emanan de ella son aplicables a la realización de actividades
relacionadas con las tecnologías de la información y las comunicaciones por parte de
los Estados y a su jurisdicción sobre la infraestructura de tecnologías de la
información y las comunicaciones dentro de su territorio; los Estados deben cumplir
sus obligaciones internacionales en relación con los hechos internacionalmente
ilícitos que se les puedan imputar. El informe contiene recomendaciones sobre la
adopción de medidas voluntarias para incrementar la confianza y la transparencia, y
también sobre la cooperación internacional para crear capacidad en la esfera de la
seguridad de las tecnologías de la información y las comunicaciones, especialmente
en los países en desarrollo. El Grupo recomienda celebrar con regularidad un diálogo
institucional sobre estas cuestiones, bajo los auspicios de las Naciones Unidas, así
como diálogos habituales en otros foros, con miras a fomentar esas medidas. Los
Estados Miembros deberían estudiar seriamente el presente informe y valorar la
forma de desarrollar y aplicar las recomendaciones que contiene.
Índice
Página
Prólogo del Secretario General . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Carta de envío . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
5
I.
Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
6
II.
Fomento de la cooperación para lograr un entorno pacífico, seguro, resistente y abierto
para las tecnologías de la información y las comunicaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
8
III.
Recomendaciones sobre normas, reglas y principios de conducta estatal responsable . . . . .
8
IV.
Recomendaciones sobre medidas de fomento de la confianza y el intercambio de
información . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
10
V.
Recomendaciones sobre medidas de creación de capacidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
11
VI.
Conclusión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
12
Lista de los miembros del Grupo de Expertos Gubernamentales sobre los avances en la
información y las telecomunicaciones en el contexto de la seguridad internacional . . . . . . .
13
Anexo
13-37169
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