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TITULO V
AMBITOS DE APLICACION
Art. 14.- Ambito espacial de aplicación.- Las normas de este Código se
aplicarán a:
1. Toda infracción cometida dentro del territorio nacional.
2. Las infracciones cometidas fuera del territorio ecuatoriano, en los siguientes
casos:
a) Cuando la infracción produzca efectos en el Ecuador o en los lugares
sometidos a su jurisdicción.
b) Cuando la infracción penal es cometida en el extranjero, contra una o varias
personas ecuatorianas y no ha sido juzgada en el país donde se la cometió.
c) Cuando la infracción penal es cometida por las o los servidores públicos
mientras desempeñan sus funciones o gestiones oficiales.
d) Cuando la infracción penal afecta bienes jurídicos protegidos por el Derecho
Internacional, a través de instrumentos internacionales ratificados por el Ecuador,
siempre que no se haya iniciado su juzgamiento en otra jurisdicción.
e) Cuando las infracciones constituyen graves violaciones a los derechos
humanos, de acuerdo con las reglas procesales establecidas en este Código.
3. Las infracciones cometidas a bordo de naves o aeronaves militares o
mercantes de bandera o matrícula ecuatoriana.
4. Las infracciones cometidas por las o los servidores de las Fuerzas Armadas en
el extranjero, sobre la base del principio de reciprocidad.
CONCORDANCIAS:
- CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR, Arts. 6
- CODIGO CIVIL (TITULO PRELIMINAR), Arts. 13, 14
- CODIGO CIVIL (LIBRO I), Arts. 42
- CODIGO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO SANCHEZ DE BUSTAMANTE, Arts. 283, 296,
384, 340, 341, 342
- CODIGO ORGANICO DE LA FUNCION JUDICIAL, Arts. 193
Art. 15.- Ambito personal de aplicación.- Las normas de este Código se
aplicarán a todas las personas nacionales o extranjeras que cometan infracciones
penales.
CONCORDANCIAS:
- CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR, Arts. 9
- CODIGO CIVIL (TITULO PRELIMINAR), Arts. 13
- CODIGO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO SANCHEZ DE BUSTAMANTE, Arts. 296, 384
- CODIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, Arts. 15
JURISPRUDENCIA:
Lexis S.A.
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