Estrategia Nacional de Ciberseguridad Costa Rica | ENC 2023 Costa Rica fue uno de los primeros países en LATAM en adoptar las medidas del Convenio de Budapest, el cual firmó el 10 de abril de 2019. Con esta firma, Costa Rica se comprometió a adaptar la legislación nacional para cumplir con los estándares establecidos en el convenio y cooperar con otros países en la lucha contra el cibercrimen. La ratificación de este tratado refleja el compromiso de Costa Rica para fortalecer su capacidad en la prevención y combate de delitos informáticos, mejorar la cooperación internacional en este ámbito y proteger a sus ciudadanos en el entorno digital. Al adoptar estas medidas, los países que se adhieren al Convenio de Budapest contribuyen a un enfoque global más efectivo y coordinado en la lucha contra el cibercrimen y a la protección de sus ciudadanos en el entorno digital. En el año 2011, mediante Ley No. 8968, se promulgó la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales, y en el año 2012, mediante Decreto Ejecutivo No. 37,554-JP se aprobó́ su reglamento. El país cuenta con un centro de respuesta a incidentes cibernéticos denominado CSIRTCR, con sede en el MICITT, y que fue legamente establecido en el año 2012 (Decreto No. 37052-MICIT de 2012), pero que inició operaciones formalmente hasta el año 2018. Según ese decreto, el CSIRT-CR tendrá́ facultades suficientes para coordinar con los poderes del Estado, instituciones autónomas, empresas y bancos del Estado todo lo relacionado con la seguridad de la información y cibernética. De lo anterior, se desprende que el mandato legal y naturaleza del CSIRT-CR es de un CSIRT de Gobierno, y no de un CSIRT nacional. El país cuenta con una Estrategia Nacional de Ciberseguridad (ENC) aprobada en el año 2017, que define la hoja de ruta y los objetivos estratégicos para mejorar las capacidades de ciberseguridad del país. Sin embargo, el periodo de vigencia de la ENC terminó en el año 2021. Esta ENC está basada en 8 objetivos específicos: (i) coordinación, (ii) conciencia pública, (iii) desarrollo de la capacidad nacional de la seguridad cibernética, (iv) fortalecimiento del marco jurídico en ciberseguridad y TIC, (v) protección de infraestructuras críticas, (vi) gestión de riesgos, (vii) cooperación y compromiso internacional, y (viii) implementación, seguimiento y evaluación. De conformidad con la ENC, específicamente en su línea estratégica 1.1., se designa al Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT) como ente 12

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