1º En calidad de composición, y en los casos especialmente previstos por la ley, se
adjudicará a la víctima el pago de una determinada suma de dinero por parte del autor,
cuando ello sirva al restablecimiento de la paz social.
2º El monto del pago será determinado por el tribunal, atendiendo a las consecuencias
que el ilícito haya ocasionado a la víctima y la situación económica del autor.
3º La adjudicación de una composición no excluirá la demanda de daños y perjuicios
Artículo 60.- Publicación de la sentencia
1º En los casos especialmente previstos por la ley, el tribunal impondrá al condenado la
obligación de publicar la sentencia firme, en forma idónea y a su cargo.
2º La imposición de la obligación de publicar la sentencia dependerá de la petición de la
víctima o, en los casos especialmente previstos por la ley, del Ministerio Público.
CAPITULO V
APERCIBIMIENTO Y PRESCINDIBILIDAD DE LA PENA
Artículo 61.- Apercibimiento
1º Cuando proceda una pena de multa no mayor de ciento ochenta días-multa, el tribunal
podrá emitir un veredicto de reprochabilidad, apercibir al autor, fijar la pena y suspender la
condena a prueba, si:
1. sea de esperar que el autor no vuelva a realizar hechos punibles; y
2. considerando todas las circunstancias del hecho realizado y la personalidad del autor,
sea aconsejable prescindir de la condena.
En estos casos será aplicable lo dispuesto en el artículo 51, inciso 1º, último párrafo.
2º El apercibimiento no se impondrá cuando se ordenare una medida o cuando el autor
haya sido apercibido o condenado a una pena durante los últimos tres años anteriores al
hecho punible.
3º El apercibimiento no excluirá ordenar el comiso o la privación de beneficios con arreglo
a los artículos 86 y siguientes.
Artículo 62.- Condiciones
1º El tribunal fijará la duración del período de prueba. El mismo no será menor de un año
ni mayor de tres.
2º En cuanto a las obligaciones, se aplicará lo dispuesto en el artículo 45.
3º El tribunal podrá imponer al apercibido:
1. cumplir los deberes de manutención a su cargo; o