-3- PC.DEC/1202 10 March 2016 la que cada término irá acompañado de su correspondiente explicación o definición. Cada Estado participante elegirá voluntariamente los términos que considere más pertinentes para el intercambio. A largo plazo, los Estados participantes procurarán elaborar un glosario consensuado. 10. Los Estados participantes intercambiarán opiniones, de manera voluntaria, haciendo uso de las plataformas y mecanismos de la OSCE, entre otros, mediante la Red de Comunicaciones de la OSCE, de cuyo mantenimiento se encarga el Centro para la Prevención de Conflictos perteneciente a la Secretaría de la OSCE según lo establecido en la decisión pertinente de la OSCE, para facilitar las comunicaciones relacionadas con las MFC. 11. Los Estados participantes, representados por los expertos nacionales que ellos designen, se reunirán por lo menos tres veces al año, en el marco del Comité de Seguridad y de su Grupo de Trabajo oficioso establecido en virtud de la Decisión Nº 1039 del Consejo Permanente, con la finalidad de debatir la información intercambiada y estudiar un desarrollo apropiado de las MFC. Las cuestiones que podrán considerarse en el Grupo de Trabajo oficioso serán, entre otras, las propuestas que provengan de la Lista consolidada distribuida el 9 de julio de 2012 por la Presidencia del Grupo de Trabajo oficioso con la referencia PC.DEL/682/12, sujetas previamente a un debate y un acuerdo consensuado antes de su adopción. Mediante la Decisión Nº 1202, el Consejo Permanente adoptó por primera vez el 10 de marzo de 2016 las MFC siguientes: 12. Los Estados participantes, de manera voluntaria, compartirán información y facilitarán intercambios interestatales que tendrán diferentes formatos, como por ejemplo cursos prácticos, seminarios y mesas redondas, tanto en el plano regional como en el subregional; el objetivo será investigar toda la gama de medidas cooperativas, así como otros procesos y mecanismos, que permitan a los Estados participantes reducir el riesgo de conflictos dimanantes del uso de las TIC. La finalidad de esas actividades debería ser la prevención de conflictos dimanantes del uso de las TIC y el mantenimiento del uso pacífico de las TIC. Respecto a las actividades mencionadas, se alienta a los Estados participantes a que, entre otras cosas: – Lleven a cabo esas actividades con la voluntad de mejorar la cooperación, la transparencia, la previsibilidad y la estabilidad entre los Estados; – Complementen los esfuerzos realizados por las Naciones Unidas mediante tales actividades y no dupliquen la labor que ya desempeñan otros foros; y – Tengan en cuenta las necesidades y requisitos de los Estados participantes que intervengan en tales actividades. Se alienta a los Estados participantes a que inviten y hagan participar en esas actividades a representantes del sector privado, el mundo académico, los centros de excelencia y la sociedad civil.

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