Artículo reformado DOF 10-01-1994
Artículo 38.- Si no alcanza a cubrirse la
responsabilidad pecuniaria con los bienes del
responsable o con el producto de su trabajo en la
prisión, el sentenciado liberado seguirá sujeto a la
obligación de pagar la parte que falte.
Artículo reformado DOF 17-06-2016
Artículo 39.- El juzgador, teniendo en cuenta el
monto del daño y la situación económica del obligado,
podrá fijar plazos para el pago de la reparación de
aquél, los que en su conjunto no excederán de un
año, pudiendo para ello exigir garantía si lo considera
conveniente.
La autoridad a quien corresponda el cobro de la
multa podrá fijar plazos para el pago de ésta,
tomando en cuenta las circunstancias del caso.
Artículo reformado DOF 29-12-1981. Fe de erratas DOF
13-01-1982. Reformado DOF 13-01-1984
CAPITULO VI
Decomiso de Instrumentos, Objetos y Productos
del Delito
Denominación del Capítulo reformada DOF 15-01-1951,
13-01-1984, 23-12-1985
Artículo 40.- El Órgano jurisdiccional mediante
sentencia en el proceso penal correspondiente, podrá
decretar el decomiso de bienes que sean
instrumentos, objetos o productos del delito, con