Poder Judicial de Honduras
Artículo 191.- Los delitos contra la salud pública que se cometieren en forma
culposa, se sancionarán con la pena correspondiente, disminuida en dos (2/3)
tercios.
TÍTULO V-A
DELITOS CONTRA EL MEDIO AMBIENTE
Artículo 191.- A.- Derogado [84]
Artículo 191.-B.- Derogado [85]
[84]
Artículo 191-A. Derogado por el Decreto 59-97 de fecha 8 de Mayo de 1997, publicado en el Diario
Oficial la Gaceta Nº 28, 281 de fecha 10 Junio de 1997 y vigente a partir de dicha publicación.
[85]
Artículo 191-B,.Derogado por el Decreto 59-97 de fecha 8 de Mayo de 1997, publicado en el Diario
Oficial la Gaceta Nº 28, 281 de fecha 10 Junio de 1997 y vigente a partir de dicha publicación.
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