A/71/172 cumplimiento por los Estados de las normas de derecho internacional, en particular el cumplimiento de sus obligaciones con arreglo a la Carta de las Naciones Unidas, es esencial para sus actividades relacionadas con la utilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones. El Reino Unido acoge con beneplácito el hecho de que en la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa y en otras organizaciones regionales se sigan examinando posibles medidas futuras de fomento de la confianza en el ciberespacio. El Reino Unido se complace en participar activamente en esos importantes temas y espera con interés seguir participando en el fortalecimiento de la capacidad y de la cooperación internacional en el ámbito de la ciberseguridad. Serbia [Original: inglés] [31 de mayo de 2016] La República de Serbia comprende que es sumamente importante garantizar y aumentar la seguridad de la información, como una de las prioridades estratégicas de la sociedad de la información. La Asamblea Nacional de la República de Serbia aprobó la Ley sobre la Seguridad de la Información en enero de 2016. Esa Ley estableció la autoridad competente en materia de seguridad de la información, que se ocupa de preparar los reglamentos de conformidad con las normas nacionales e internacionales, cooperar con las autoridades competentes de otros países, y vigilar el cumplimiento de la ley. La Ley define los sistemas de tecnología de la información y las comunicaciones (TIC) que revisten importancia particular en Serbia, cuyos operadores tienen que aplicar medidas técnicas y organizativas adecuadas a fin de garantizar la seguridad de la información. Se trata de los sistemas siguientes: a) los sistemas de TIC de los organismos públicos; b) los sistemas de TIC en que se manejan datos personales delicados; y c) los sistemas de TIC en esferas de interés público (energía, transporte, gas, banca, atención de la salud y otros). La autoridad competente se encarga de la cooperación internacional y, en particular, de alertar sobre los riesgos y los incidentes que presentan una de las características siguientes: a) están creciendo rápidamente o tienden a plantear un peligro importante; b) superan la capacidad nacional; c) pueden afectar a más de un país. La Ley estableció el equipo nacional de respuesta a emergencias cibernéticas, como parte del organismo encargado de reglamentar las comunicaciones electrónicas y los servicios postales. Entre otras cosas, ese equipo cooperará con organizaciones similares de otros países. La Ley también reglamenta la criptoseguridad y la protección contra emanaciones electromagnéticas comprometedoras. A fin de reforzar la seguridad de los sistemas mundiales de información y telecomunicaciones, los Estados deberían cooperar, en particular manteniendo mecanismos eficaces y receptivos de intercambio de información, alertas y anuncios sobre incidentes relacionados con la ciberseguridad. Con ese fin, los Estados 16-12486 23/28

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