10. Informar oportunamente sobre los plazos de vigencia de las ofertas y promociones de los servicios. 11. Atender las solicitudes y las reclamaciones realizadas por las usuarias o los usuarios. 12. Informar oportunamente la desconexión o cortes programados de los servicios. 13. Brindar protección sobre los datos personales evitando la divulgación no autorizada por las usuarias o usuarios, en el marco de la Constitución Política del Estado y la presente Ley. 14. Facilitar a las usuarias o usuarios en situación de discapacidad y personas de la tercera edad, el acceso a los servicios de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación, determinados en reglamento. 15. Proveer servicios que no causen daños a la salud y al medio ambiente. 16. Cumplir las instrucciones y planes que se emitan en casos de emergencia y seguridad del Estado. 17. Actualizar periódicamente su plataforma tecnológica y los procesos de atención a las usuarias y los usuarios. 18. Otros que se deriven de la aplicación de la Constitución Política del Estado, Tratados Internacionales, las leyes y demás normas aplicables. Artículo 60. (METAS DE CALIDAD). Los proveedores de servicios de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación, deben presentar mensualmente los resultados de la medición de las metas de calidad para cada servicio, ante la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes y publicarlas en un sitio Web, éstos deberán ser verificables, comparables y de acceso público. La Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes aprobará las normas técnicas específicas para su aplicación. Artículo 61. PROVEEDORES). I. (PROHIBICIONES PARA LOS OPERADORES Y Son prohibiciones para los operadores y proveedores: 1. Las prácticas anticompetitivas como la fijación conjunta, directa o indirecta de precios, el establecimiento de limitaciones, control o repartición del mercado, y otras que sean calificadas mediante reglamento. 2. Las prácticas desleales como la realización de cualquier clase de actos comerciales o difusión de información falsa, incompleta o engañosa que de manera directa o indirecta perjudique a las usuarias o usuarios, competidores o al funcionamiento de la economía plural en general, como la inducción a la usuaria o al usuario a error respecto a las características del servicio, el desprestigio de otro operador o proveedor, información

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