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IV. Recomendaciones sobre medidas de fomento de
la confianza y el intercambio de información
26. Las medidas voluntarias de fomento de la confianza pueden promover la
tranquilidad y la confianza entre los Estados y ayudar a reducir el riesgo de
conflictos al aumentar la previsibilidad y reducir las percepciones erróneas. Pueden
contribuir considerablemente a despejar las inquietudes de los Estados sobre el uso
de las tecnologías de la información y las comunicaciones por los Estados y podrían
constituir un avance significativo hacia una mayor seguridad internacional. Los
Estados deben estudiar la posibilidad de formular medidas prácticas de fomento de
la confianza de cara a incrementar la transparencia, la previsibilidad y la
cooperación, entre ellas:
a)
El intercambio voluntario de opiniones e información sobre políticas y
estrategias nacionales, mejores prácticas, procesos de toma de decisiones,
organizaciones nacionales competentes y medidas para mejorar la cooperación
internacional. Los Estados que proporcionen información determinarán cuál será el
alcance de esta, que podría compartirse de manera bilateral y en grupos regionales u
otros foros internacionales;
b) La creación de marcos consultivos bilaterales, regionales y multilaterales
para el fomento de la confianza, que podrían consistir en talleres, seminarios y
ejercicios para afinar las deliberaciones nacionales sobre cómo prevenir incidentes
desestabilizadores derivados del uso estatal de las tecnologías de la información y
las comunicaciones, y de qué manera podrían surgir y afrontarse esos incidentes;
c)
El perfeccionamiento del intercambio de información entre Estados sobre
incidentes de seguridad en la esfera de las tecnologías de la información y las
comunicaciones mediante un uso más eficaz de los canales existentes o la creación
de nuevos canales y mecanismos apropiados para recibir, recopilar, analizar e
intercambiar información sobre incidentes relativos a las tecnologías de la
información y las comunicaciones, para que sea posible adoptar medidas de
respuesta, recuperación y mitigación oportunamente. Los Estados deberían
considerar la posibilidad de intercambiar información sobre puntos de contacto
nacionales a fin de ampliar y mejorar los canales de comunicación existentes para la
gestión de situaciones de crisis y apoyar la creación de mecanismos de alerta
temprana;
d) Los intercambios bilaterales de información y la comunicación entre los
equipos nacionales de respuesta a emergencias cibernéticas, entre las comunidades
de este tipo de equipos y en otros foros, para contribuir al diálogo a nivel político y
de formulación de políticas;
e)
Una mayor cooperación para afrontar los incidentes que pudieran afectar
a la infraestructura informática o a las infraestructuras fundamentales que dependan
de sistemas de control industrial basados en tecnologías de la información y las
comunicaciones. Esta cooperación podría incluir directrices y mejores prácticas de
cooperación interestatal contra tentativas de desestabilización perpetradas por
agentes no estatales;
f)
El perfeccionamiento de los mecanismos de cooperación entre
organismos de seguridad para reducir los incidentes que pudieran malinterpretarse
como acciones estatales hostiles, con el fin de mejorar la seguridad internacional.
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